Prácticamente un mes después de los hechos que conmovieron al fútbol balear y que incluso traspasaron los límites del archipiélago se ha conocido el fallo que el Comité de Competición ha publicado sobre los acontecimientos que se dieron en el partido de Primera Regional Preferente entre la U.D.Rotlet Molinar y el Son Verí.
La noticia dio lugar a todo tipo de comentarios y posibles resoluciones, pero con un punto muy común en todas las declaraciones, una resolución que consiguiera poner unos límites muy estrictos para minimizar este tipo de actos en el mundo del deporte.
Ambos clubes han sido objeto de amonestación tras incidentes que se produjeron una vez finalizo el partido ¨Hacer objeto de amonestación colectiva a los jugadores de ese club, por conducta antideportiva una vez finalizado el partido¨.
Asimismo el comité no ha estimado las alegaciones realizadas por el Rotlet Molinar sobre la caducidad del expediente. ¨No da lugar a lo solicitado, en tanto en cuanto este procedimiento se inició de oficio y se abrió información al objeto de recabar los informes necesarios para el esclarecimiento de los hechos. Prueba de ello son los escritos enviados por el Rotlet Molinar, el último de ellos de fecha del 7 del actual mes de Mayo, consistente en la denuncia presentada por el jugador Ivan Bonnin Botella en fecha 15 del pasado mes de abril. Por ello, no procede estimar la declaración de caducidad solicitada.¨
El jugador del Rotlet Molinar Iván Bonnin Botella deberá acatar una sanción de tres meses por agresión al contrario. El futbolista no podrá participar en el último partido de liga ni en la fase de ascenso que próximamente disputará el conjunto del barrio del Molinar, pero si estaría disponible para el inicio de la próxima campaña.
El Comité de Competición ha dictado sentencia, justa o injusta según el prisma con el que se mire, pero adaptada al derecho que rige la competición.